Tramitar las solicitudes para gestionar actividades,excursiones o similar
Personas físicas preferentemente entre 14 y 35 años de edad, estableciendo en cada actividad, excursión o similar, los requisitos de admisión
En las fechas señaladas en la convocatoria.
Concejalía de Juventud
Según los plazos señalados en la convocatoria de la actividad, excursión o similar.
Podrá interponerse en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, o bien, en el plazo de dos meses recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo, con la advertencia que este último no se podrá interponer hasta la resolución exprés o la desestimación presunta del de reposición, todo esto sin perjuicio que se pueda interponer cualquier otro recurso, si procede, que se estime procedente, en virtud del que disponen los artículos 40.2, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Bases de la convocatoria correspondiente.
Según anuncio de las actividades,excursión o similar propuesta
Consultar la convocatoria de la actividad e inscribirse con antelación para poder programar la misma.
Impreso de solicitud debidamente cumplimentado y firmado